Este año, bajo el lema «Naturaleza para el agua», se apuesta a tomar acciones como la plantación de nuevos bosques o la restauración de los humedales, para mejorar y recuperar los medios de subsistencia a lo largo del planeta.
En el Centro Materno Infantil se realizó una charla celebrando el Día Mundial del Agua el pasado 22 de marzo, como una forma de acercamiento con padres y con el propio grupo del centro. Si bien hay muchos temas que preocupan con respecto al agua, en particular se trató la Ley de Riego. Precisamente, debido a sus impactos es uno de los temas que hoy se encuentra en discusión en el país.
Conversamos con Marcos Umpiérrez, integrante de la Comisión del CMI y miembro de la Asamblea por el Agua, quien manifestó que más que nada la charla se hizo para los padres. Para los niños son las educadoras la que vienen trabajando los temas de agua y su vinculación más directa en que es algo trascendental para la vida y que es un recurso muy finito que hay que cuidar. Marcos recuerda que en generaciones anteriores, por el contrario, creíamos que era un recurso infinito y que el agua nos sobraba. Resalta que en estas cosas, los niños muchas veces van educando a sus mayores.
Marcos afirmó que de a poco la gente va tomando mayor conciencia y de hecho a esta altura la mayoría de los gremios, sindicatos más grandes o más chicos, vienen adhiriendo a esta movida. Incluso agrega que lugares como Fucvam, la Universidad, Enseñanza Primaria, Secundaria, también se han sumado.
«Hablar del agua es hablar como de la sangre misma, si no se tienen no se puede vivir…y no hay plata que pague el agua», expresa Marcos.
A partir del artículo 47 *, esta ley es considerada inconstitucional, donde se afirma que el agua es un derecho humano donde se establece que cualquier actividad que atente contra la misma debe ser cesada de inmediato.
Marcos indica que a partir de ese apoyo de la gente organizada en distintos ámbitos como sindicatos, organizaciones y asambleas. el mensaje va llegando más lejos y se tiene un mayor ingreso a la opinión pública
Para derogar esta ley, hay tiempo hasta el mes de octubre para firmar. Marcos recuerda que en Santa Lucía es en el local de OSE, Librería La Madriguera, Espacio Carlos Alfredo, Asamblea por el Agua, que casi todos los sábados se encuentran en la feria o en la plaza. También se obtiene toda la información a través de Facebook, por donde incluso se puede solicitar material.
La ley de Riego fue muy debatida el año pasado, encontrando resistencia dentro del propio oficialismo. Científicos denuncian que ley de riego constituye «una amenaza a la salud pública y al ecosistema». Tiene como meta aumentar la productividad agropecuaria, en su texto se autoriza a conformar asociaciones agrarias de riego y sociedades agrarias de riego. Los titulares de esas asociaciones deberán ser productores. Excepcionalmente, el Poder Ejecutivo podrá autorizar la participación de entidades o fondos propiedad de extranjeros.
Textualmente esto se señala en el *Artículo 47 de la Constitución de la República:
La protección del medio ambiente es de interés general. Las personas deberán abstenerse de cualquier acto que cause depredación, destrucción o contaminación graves al medio ambiente. La ley reglamentará esta disposición y podrá prever sanciones para los transgresores.
El agua es un recurso natural esencial para la vida. El acceso al
agua potable y el acceso al saneamiento, constituyen derechos humanos fundamentales.
1) La política nacional de aguas y saneamiento estará basada en:
a) el ordenamiento del territorio, conservación y protección del Medio Ambiente y la restauración de la naturaleza.
b) la gestión sustentable, solidaria con las generaciones futuras, de los recursos hídricos y la preservación del ciclo hidrológico que constituyen asuntos de interés general. Los usuarios y la sociedad civil, participarán en todas las instancias de planificación, gestión y control de recursos hídricos; estableciéndose las cuencas hidrográficas como unidades básicas.
c) el establecimiento de prioridades para el uso del agua por regiones, cuencas o partes de ellas, siendo la primera
d) el principio por el cual la prestación del servicio de agua potable y saneamiento, deberá hacerse anteponiéndose las razones de orden social a las de orden económico.
Toda autorización, concesión o permiso que de cualquier manera vulnere estos principios, deberá ser dejada sin efecto.
2) Las aguas superficiales, así como las subterráneas, con excepción de las pluviales, integradas en el ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal, como dominio público hidráulico.
3) El servicio público de saneamiento y el servicio público de abastecimiento de agua para el consumo humano serán prestados exclusiva y directamente por personas jurídicas estatales.
4) La ley, por los tres quintos de votos del total de componentes de cada Cámara, podrán autorizar el suministro de agua a otro país, cuando éste se encuentre desabastecido y por motivos de solidaridad.
Y.S.

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