Cuando tu enemigo afirme que ya no puedes seguir, pues no puedes dar más, dile que mire hacia atrás y vea qué tan lejos viene.

¿SABÍA USTED?

Cathleen Nesbitt, actriz inglesa, aún actuaba a los 92 años de edad.

NOTICIAS DE ITUZAINGO

ISJ inscribe para curso de construcción de muebles con pallets en Villa Ituzaingó

La ISJ abrió las inscripciones a interesados en participar del curso de construcción de muebles con pallets que iniciará el próximo mes en Villa Ituzaingó. El mismo se desarrollará en las instalaciones de la Escuela Martirené, los días sábados -desde el 2 de junio al 23 de junio- con una duración de 4 clases de 4 horas cada una. Desde que comenzaron hace dos años, los cursos de fabricación de muebles con pallets impulsados por la ISJ se han transformado en una opción productiva cada vez más demandada por los josefinos, al punto que hoy son más de 200 las personas que completaron esta capacitación. Los interesados deben inscribirse en la Junta Local de Villa Ituzaingó y en la oficina de la Dirección General de Desarrollo de la ISJ, en horario de atención al público de 12:00 a 18:00 horas. (Primera Hora).-

MÓVIL

El día 31 de mayo estará el policlínico móvil del gobierno departamental, con las vacunas desee 08.15 a 12.30 horas, frente e Junta Local.

VISITA

Nos visitaron Alejandro y Luciana, dos mochileros de Argentina con su perro chileno Cucumelo. Pasaron por la villa, andaban conociendo y quieren llegar a Alaska en sus bicicletas. Les deseamos el mejor de los éxitos y que puedan lograr su cometido.

VIAJE

Hace pocos días un grupo de vecinos de la villa se trasladó al teatro Maccio en la ciudad de San José de Mayo a un concierto.  Asiduamente se vienen dando este tipo de acontecimientos para bien de la comunidad.

TRIBUTOS

15 de junio 3er. Vencimiento Contribución Inmobiliaria Rural. 21 de junio 3er. Vencimiento Contribución Inmobiliaria Urbana.-

Fiscalía General de la Nación y nuevo Proceso Penal

Los fiscales deberán realizar, entre otras, las siguientes actividades: informarle sobre el curso y resultado del procedimiento; informarle sobre sus derechos y las acciones de que dispone para ejercerlos; ordenar, o solicitar al juez, las medidas necesarias para la protección de la víctima y de su familia frente a hostigamientos, amenazas o agresiones. ¿Quiénes son consideradas víctimas? Víctima es la persona ofendida por el delito. ¿Qué participación tiene la víctima en el nuevo proceso penal? La víctima o su representante podrán manifestar su intención de participar en el proceso, debiendo consignar sus datos y designar a quien será su abogado. El Código prevé asistencia letrada mediante defensor público o a través de consultorios jurídicos de universidades públicas o privadas, cuando la víctima, carente de recursos, lo solicite. ¿En qué casos la víctima puede ser representada? La víctima puede ser representada por otras personas, en dos situaciones: Cuando la víctima del hecho falleció. Cuando no pueda ejercer por sí misma sus derechos. ¿Quiénes pueden representarla? No cualquier persona puede representar a la víctima, sino las mencionadas por la norma, y en el orden establecido (la actuación de una excluye la de los siguientes): Los padres, por sus hijos bajo patria potestad, o solteros, divorciados o viudos, no unidos en concubinato, y que no tuvieran hijos mayores de edad. El cónyuge, el concubino, los hijos mayores de edad. Los hermanos. El tutor, curador o guardador. Los abuelos. Los allegados que cohabitaban con la víctima o tenían con ella una vida en común. ¿Qué derechos se le reconocen a la víctima? Entre otros, se le reconocen los siguientes derechos: Conocer todas las actuaciones cumplidas desde el inicio de la indagatoria preliminar (excepto cuando el fiscal disponga su reserva para asegurar la eficacia de la investigación). Intervenir en el proceso y ser oída. Proponer prueba, contribuyendo con la actividad indagatoria y probatoria del fiscal. Solicitar medidas de protección en caso de hostigamientos, amenazas o agresiones contra ella, sus familiares o allegados. Oponerse, ante el juez, a la decisión del fiscal de no iniciar o de concluir la indagatoria preliminar, o no ejercer la acción penal. A ser oída por el tribunal antes que dicte resolución sobre el pedido de sobreseimiento (desistimiento del ejercicio de la acción penal) u otra que ponga fin al proceso. ¿Cuáles son las funciones de la Policía Nacional, de la Prefectura Nacional Naval y de la Policía Aérea Nacional en el proceso penal? La Policía, la Prefectura y la Policía Aérea, serán auxiliares del Ministerio Público en las investigaciones. Realizarán sus tareas bajo la dirección y responsabilidad de los fiscales, de acuerdo a las instrucciones que ellos les impartan. Asimismo, cuando reciban una denuncia o cuando tomen conocimiento de un hecho en apariencia delictivo, lo informarán inmediatamente al Ministerio Público. La Ley en tu lenguaje. IMPO. Programa Lenguaje Ciudadano.

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